-I- FECHAS CLAVE
15 de marzo de 2018. Inicio.
Ese día comenzó oficialmente esta maratoniana campaña de IRPF 2017, fecha en la que ya se podían consultar los datos fiscales.
3 de abril de 2018. Le llamamos
El día 3 comienza el programa “Le llamamos” servicio en el que Hacienda llama a los contribuyentes que necesiten ayuda para hacer su declaración, siempre que éstos hayan solicitado cita previa indicando fecha y hora en la que desean recibir la llamada. Hay citas cada 15 minutos entre las 9.00 y las 20.30 horas.
Lo podrán solicitar los contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros, rendimientos del capital mobiliario inferiores a 15.000 euros, rendimientos del capital inmobiliario por un inmueble o contrato, ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de fondos de inversión, ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones, salvo que correspondan a actividades económicas y rentas procedentes del régimen a atribución de rentas que correspondan a rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, con los mismos límites anteriores.
4 de abril de 2018. Primeras declaraciones.
Fecha en la que se pude empezar a presentar la declaración.
27 de junio de 2018. Fin domiciliación.
Para declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
29 de junio de 2018. Concluye el plazo para solicitar la cita previa para realizar la declaración a través de todas las vías.
2 de Julio de 2018.
Último día para presentación de cualquier tipo.
-II- APLICACIÓN MÓVIL
Disponible a partir del 15 de marzo para usuarios de Apple y Android.
Además de poder presentar la declaración, permite mandar mensajes personalizados, obtener y guardar el número de referencia, consultar los datos fiscales, consultar el estado de la tramitación de la declaración y gestionar las declaraciones de allegados y familiares del contribuyente. La aplicación móvil permite incluir hasta 20 NIF distintos.
Cualquier modificación que se pretenda deberá hacerse mediante RENTA WEB (la App redirecciona a la página)
Una vez que se hayan producido dichos cambios, aparecerán reflejados en la app de la AEAT y se podrá confirmar el borrador.
-III- ADIÓS BORRADOR (postal), ADIÓS.
El año pasado, de los 625.710 borradores que se remitieron, solo se presentaron 727 declaraciones. Así que la Agencia Tributaria ha decidido limitar este servicio y únicamente enviará los datos fiscales y referencias.
Igual ocurrirá con los SMS que nos facilitaban el número de referencia. Por primera vez, no será necesario aportar un número de teléfono móvil, ya que este año desaparecen los SMS con el número de referencia. A partir de ahora, dicho número aparecerá directamente en la pantalla del ordenador o bien quedará almacenado en la aplicación móvil de AEAT.
Para acceder bien al borrador virtual o a nuestros datos fiscales es necesario disponer del DNI electrónico o del sistema de firma con clave de acceso, denominado Cl@ve PIN.
En el caso de que el contribuyente no tenga ninguna de ellas, deberá usar el famoso ‘Servicio RENØ’.
Para obtener el número de referencia, el contribuyente necesita el importe de la casilla 450 de la declaración del año pasado (en la Campaña anterior era necesaria la casilla 440), su NIF y la fecha de validez de su documento de identidad.
-IV- MODIFICACIONES DE FONDO
En transmisiones de derechos acontecidas después del 1 de enero de 2017, para calcular el valor de la adquisición se deducirá el importe de la transmisión de derechos de suscripción, que no tributaban en declaraciones de años anteriores. La cuantía obtenida se someterá a una retención del 19%, mientras que hasta ahora el importe reducía el valor de dicha compra.
Bonos de fidelización de Banco Santander: a cambio de la renuncia al ejercicio de acciones legales por parte de los ex accionistas y de los titulares de deuda subordinada de Banco Popular, Banco Santander les ofreció bonos de fidelización diseñados para compensarles por la amortización de sus títulos. Así, la tributación de la adquisición de los Bonos de Fidelización estará sujeta al Impuesto sobre la Renta, según Nota de Valores presentada en la CNMV. Los accionistas son compensados por su pérdida patrimonial con una ganancia en el mismo ejercicio, aunque en la mayoría de casos les va a quedar un remanente que podrán compensar en años siguientes. La entrega de bonos para los titulares de deuda subordinada se considera en el folleto como rendimiento del capital mobiliario positivo, y lo obtiene quien ha tenido un rendimiento negativo porque perdió su deuda subordinada. También se compensará en el ejercicio, dentro de este compartimento de la base del ahorro. Los intereses tributarán como rendimientos del capital mobiliario.
Gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal: con efectos a partir de 1 de enero de 2017, se amplían los supuestos en que no tendrán la consideración de retribuciones en especie los estudios dispuestos por instituciones, empresas o empleadores y financiados directa o indirectamente ellos para la actualización, capacitación o reciclaje de su personal, cuando venga exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo, incluso cuando su prestación efectiva se efectúe por otras personas o entidades especia.
Mínimo familiar por descendientes: con efectos a partir del 1 de enero de 2017, se asimilan a los descendientes, a los efectos de la aplicación del mínimo familiar por descendientes, además de aquellas personas vinculadas al contribuyente por tutela o acogimiento en los términos previstos en la legislación civil, a quienes tengan atribuida por resolución judicial su guarda y custodia.
Desde LAFISCONTA recomendamos consultar con su despacho de referencia antes de confirmar el borrador de su renta ya que puede tener derecho a beneficios fiscales no recogidos en el mismo.