Una vez eliminadas prácticamente todas las bonificaciones a la contratación por bajar del umbral del 15% de paro en España, el RDL 8/2019 instala una nueva bonificación para contratar a parados de larga duración.
En la contratación indefinida a personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 de los 18 meses anteriores a la contratación, tendrán derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la seguridad social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 108,33 euros mes (1300 euros/año), durante tres años. Si es con mujeres, serán 125 €/mes (1500 al año)
Obligaciones: mantener el empleo del trabajador durante 3 años; mantener el nivel de empleo de la empresa alcanzado con este contrato, al menos, dos años.
No se considera incumplimiento cuando el contrato de trabajo se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como procedente, ni las extinciones causadas por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o por resolución durante el periodo de prueba.