El pasado mes de Junio se aprobó en el Congreso la ley de reforma del trabajo autónomo. Sin perjuicio de las posibles enmiendas, que puedan introducirse en su tramitación en el Senado, estas son las principales novedades que afectan a los “autónomos”.
Modificación de tarifas
1- Ampliación a un año de la aplicación de la tarifa de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social.
2- Reducción de 5 a 2 años del tiempo de espera para reengancharse a la tarifa plana tras el cese de cotización.
3- Tarifa de 50 euros para mujeres reincorporadas tras la maternidad
4- Bonificación del 100% durante 12 meses en la cuota por cuidado de menores o dependientes.
Ventajas fiscales
1- En el supuesto de trabajo desde casa se permite incluir como gastos de la actividad el 20% de los gastos en suministros de agua, gas, electricidad y telefonía.
2- Inclusión en gastos de la actividad como dietas y manutención de hasta 26,67 euros diarios, el pago se deberá hacer por medios telemáticos para su acreditación.
Cotización
1- En función de sus ingresos los autónomos podrán cambiar de base de cotización hasta en cuatro ocasiones a lo largo del año.
2- Los autónomos se podrán cursar altas y bajas sucesivas hasta tres veces al año, cotizando sólo en sus periodos reales de actividad
3- Se permite compatibilizar el cobro del 100% de la pensión manteniendo la actividad por cuenta propia una vez jubilado.
4- La cuota de los autónomos societarios quedará determinada año a año en los Presupuestos Generales del Estado.
5- Se reducen los recargos que penalizaban a los autónomos por el retraso en el pago de la cuota del 20% al 10% durante el primer mes desde el impago.
6- La Seguridad Social devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas en situación del pluriactividad sin que esta tenga que realizar la solicitud de la devolución.
Seguridad
1- Se reconoce el accidente ‘in itinere’ como accidente de trabajo.
2- Mejoras para la formación en prevención de riesgos laborales.
3- Los trabajadores con discapacidad ven mejoradas las condiciones de emprendimiento
4- Los autónomos podrán contratar a sus descendientes que estén en situación de discapacidad.
5- Son en general buenas noticias, y algunas de estas reformas han constituido “caballo de batalla” de asociaciones de autónomos y colectivos afectados por una regulación poco adaptada a la flexibilidad con que debe contar el mercado de trabajo, conforme se predica últimamente por los sectores más liberales de la teoría económica.
Desde nuestro despacho en www.lafisconta.com os ayudamos a entender y cumplir la nueva ley de reforma de trabajo del Autónomo. ¡Consúltanos!