Una vez recabados los datos necesarios realizaremos un primer requerimiento de pago al arrendatario mediante burofax.

En caso de no obtener respuesta, trataríamos ponernos en contacto con el arrendatario a fin de intentar una solución amistosa.

De no ser así, se abre la vía de la correspondiente acción judicial de desahucio por falta de pago, para lo que será de especial utilidad el burofax enviado inicialmente.

El juez advertirá buena fe por haber agotado la vía de la negociación, la vía extrajudicial, hasta el máximo posible, acudiendo a juicio solo en último lugar.

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