Hay tres vías para la contratación de extranjeros, régimen general, tanto para trabajar por cuenta propia como ajena, y contingente.

  1. Autorización de trabajo por cuenta propia, permite la realización de actividades económicas por cuenta propia. Como empresario. Lafisconta ofrece a los empresarios un abanico de servicios para ser Inversionista en España. Consúltenos.
  2. Autorización de trabajo por cuenta ajena, permite el desarrollo de trabajos bajo régimen laboral, por cuenta de un tercero, empleador. Como asalariado. Lafisconta le puede asesorar paso a paso en cada trámite. Consúltenos.
  3. El contingente de trabajadores extranjeros. El Gobierno podrá aprobar un contingente anual de trabajadores extranjeros teniendo en cuenta la situación nacional de empleo al que sólo tendrán acceso aquellos que no se hallen o residan en España.

El contingente podrá establecer un número de visados para búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen. También podrá establecer un número de visados para búsqueda de empleo dirigidos a determinados sectores de actividad.