Es adquirirla por la posesión y utilización continuada durante diez años, con buena fe y basada en un título inscrito en el Registro Civil.

¿Qué se necesita?

Haber mantenido una utilización de la nacionalidad española, esto es, que se haya comportado teniéndose a sí mismo por español tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes.

¿Qué es la opción por la nacionalidad Española?

El derecho a obtener la nacionalidad española a personas que tienen una nacionalidad distinta.

¿Quiénes pueden optar por la nacionalidad española?

  • Quien se le haya determinado la filiación o el nacimiento en España después de los 18 años de edad.
  • Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
  • Aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
  • El adoptado mayor de dieciocho años por un español.