8.- ¿Aparecerá el emprendedor/deudor en alguna ‘lista de morosos’? Sí. Según el texto oficial, «la obtención de este beneficio se hará constar en la sección especial del Registro Público Concursal por un plazo de cinco años». Por admin|2023-11-24T12:50:13+01:0024 de noviembre de 2023|Ley de Segunda Oportunidad|0 Comments Share This Story, Choose Your Platform! FacebookTwitterRedditLinkedInWhatsAppTelegramTumblrPinterestVkXingCorreo electrónico About the Author: admin Leave A Comment Cancelar la respuestaComentario Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente.
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